OSEP agiliza el trámite para el pago a Maestras de Apoyo Escolar

INFORMACIÓN GENERAL 09/04/2024Redacción Primeras líneasRedacción Primeras líneas

La Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) implementó acciones que permiten agilizar el trámite para el pago a Maestras de Apoyo Escolar (MAE). A partir de la fecha, se receptarán los requisitos únicamente por mail. 

 

La nueva modalidad establece que el área de Fondo Permanente receptará las solicitudes del pago del servicio únicamente a través del mail [email protected], con el objetivo de facilitar la gestión, sin la necesidad de concurrir a la oficina ubicada en la Casa Central de OSEP.

En cuanto al procedimiento de la Obra Social, es importante remarcar que los lunes y martes de cada semana se clasificará la documentación, mientras que los miércoles y jueves se procesarán los pedidos. Finalmente, los viernes serán los días en los que se realizarán los pagos para quienes cumplan con todos los requisitos vigentes.

*Requisitos*

En el mail se debe adjuntar la siguiente documentación, en un solo archivo PDF, nítido y legible:

- Nota dirigida al director de OSEP (se descarga de la página web de la obra social), con pedido de pago, nombre del alumno afiliado de la obra social y número de expediente de cobertura.

- Copia de la resolución de cobertura del servicio.

- Copia del Contrato de Prestación de Servicios (por única vez).

- Constancia de CBU de la MAE (por única vez).

- Factura conforme a la normativa impositiva vigente emitida a favor de la OSEP - CUIT N. 30642305200, con determinación del periodo facturado, debiendo detallarse: Servicio de Maestra de Apoyo Escolar prestado al beneficiario (nombre), hijo/a del afiliado titular (nombre), en el período (mes y año), y el importe conforme el Nomenclador de Aranceles del Sistema Único de Prestaciones Básicas en Discapacidad.

- Cumplimiento Fiscal actualizado.

- Planillas de asistencia firmada (descargar de página web OSEP) en conformidad del progenitor, docente, directivos y el correspondiente sello oval.

- Comprobante de pago (boleta y recibo) del impuesto a los sellos de acuerdo a la Ley Impositiva vigente en la Provincia de Catamarca.

Cabe recordar que la cobertura de MAE se efectúa bajo el sistema de pago por contraprestación y no por vía de reintegro, de modo de reducir las demoras en la solicitud del trámite administrativo. Asimismo, el valor del servicio está sujeto al Nomenclador de los aranceles del Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad.

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