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Redacción Primeras líneasLa Corte Suprema de Justicia resolvió rechazar los planteos presentados por la defensa de Cristina Kirchner y del resto de los condenados en la causa Vialidad, quienes buscaban impedir el decomiso de bienes dispuesto en el expediente. Con esa decisión, quedó firme el monto total que deberán devolver al Estado como consecuencia de la condena por corrupción: $684.990.350.139,86, cifra que se redondea en $685.000 millones.
La resolución fue dictada poco después de cumplirse un año de la detención de la ex presidenta, derivada de la condena por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisibles los recursos promovidos por Cristina Kirchner, Lázaro Báez, Nelson Periotti y otros condenados, quienes cuestionaban el mecanismo utilizado para actualizar el monto correspondiente al decomiso.
En su resolución, el máximo tribunal explicó que el rechazo del recurso extraordinario no implica una validación sobre el contenido de la sentencia recurrida, sino la inadmisibilidad del planteo presentado.


En ese sentido, la Corte sostuvo: "Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible. Que cabe poner de relieve -a fin de evitar interpretaciones erróneas acerca del alcance de los fallos de la Corte Suprema- que la desestimación de un recurso extraordinario mediante la aplicación de dicha norma no importa confirmar ni afirmar la justicia o el acierto de la decisión recurrida".
Como consecuencia de esa decisión, quedó firme el monto fijado para el decomiso y los nueve condenados deberán responder de manera solidaria.
El avance hacia la ejecución patrimonial
Con la condena firme, la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y la privación de la libertad ya efectivizadas, el proceso judicial ingresa ahora en la etapa de ejecución patrimonial.
El decomiso constituye una de las consecuencias inmediatas de una sentencia firme y representa el mecanismo mediante el cual el Estado procura recuperar el producto económico obtenido a través del delito. La decisión de la Corte despeja el camino para avanzar sobre los bienes alcanzados por la condena y determinar el destino de ese patrimonio.
Según se indicó, será el propio máximo tribunal el que se constituya en titular de las propiedades decomisadas para decidir posteriormente el uso que se dará a cada una de ellas.
Aquellos bienes que no resulten funcionales al Poder Judicial podrán ser vendidos mediante remate público.
El origen de la causa Vialidad
La investigación judicial analizó 51 procesos licitatorios mediante los cuales Lázaro Báez obtuvo la adjudicación del 86% de las obras viales financiadas por el Estado nacional en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015.
De acuerdo con la sentencia, el Grupo Austral percibió sobreprecios del 64%, mientras que aproximadamente la mitad de las rutas intervenidas quedaron abandonadas pese a que los contratos habían sido abonados. También se concluyó que el empresario obtuvo las adjudicaciones mediante mecanismos considerados irregulares.
Entre los aspectos señalados por la Justicia figuran:
El expediente sostuvo además que esos beneficios económicos obtenidos por Báez no podían medirse completamente en términos monetarios debido a su naturaleza financiera. El Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2) indicó que el Estado renunció a beneficios que calificó como intangibles e incuantificables para transferirlos a un empresario privado.
Los jueces también señalaron que esos beneficios indebidos recibidos por Báez debían ser considerados para comprender la magnitud del daño ocasionado.
Cómo evolucionó el cálculo del perjuicio económico
Cuando comenzó el juicio oral y público, el perjuicio económico investigado ascendía a 46.000 millones de pesos. Posteriormente, el 6 de diciembre de 2022, el TOF 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, estableció que el fraude derivado del mecanismo investigado ascendía a 85.000 millones de pesos.
Sobre esa base, se solicitó al Cuerpo de Peritos de la Corte Suprema la actualización del monto correspondiente al decomiso. La cifra inicial utilizada para ese cálculo fue de $84.835.227.378,05.
Tras la actualización, el monto definitivo quedó fijado en: $684.990.350.139,86 Ese valor fue el que finalmente dejó firme la Corte Suprema al rechazar los recursos extraordinarios presentados por las defensas.
La metodología utilizada para actualizar el decomiso
Los peritos de la Corte explicaron el procedimiento aplicado para recalcular el monto. Según el informe, se utilizó el Índice de Precios al Consumidor (IPC) elaborado por el INDEC, en reemplazo del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), conforme a lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre de 2018.
Para realizar el cálculo se tomaron los índices correspondientes a:
Los peritos indicaron que los datos fueron obtenidos del archivo "Series históricas IPC Índice de precios al consumidor con cobertura nacional", utilizando específicamente la pestaña "Índices IPC Cobertura Nacional", considerando la totalidad de los decimales publicados.
Como resultado del procedimiento concluyeron que: "El importe actualizado requerido, de acuerdo con los parámetros y metodología descriptos ut-supra, asciende a $684.990.350.139,86".
Los bienes alcanzados por el decomiso
La defensa de Cristina Kirchner había cuestionado tanto la metodología aplicada por los peritos como el monto determinado. Su planteo sostenía que el decomiso no debía superar los 23.000 millones de pesos, argumento que fue rechazado en todas las instancias judiciales.
El reciente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal también respaldó el criterio adoptado por el TOF 2 a pedido del fiscal general Diego Luciani, quien impulsó el decomiso de 111 bienes. Ese listado comprende:
Además, quedó respaldado otro criterio fijado por el tribunal encargado de ejecutar la pena: podrán ser decomisados todos los bienes incorporados al patrimonio de los condenados entre 2003 y 2015, período durante el cual se desarrolló la maniobra investigada.
En ese marco, también podrán ser alcanzados bienes cuya titularidad corresponde a Máximo Kirchner y Florencia Kirchner, ya que provienen de una herencia realizada en 2016 por la ex presidenta a título gratuito y en partes iguales.
Una segunda etapa de decomisos continúa en trámite
Mientras avanza la ejecución patrimonial derivada de esta resolución, en Comodoro Py tramita un segundo pedido impulsado por el fiscal Diego Luciani para ampliar el decomiso.
Ese nuevo planteo comprende 144 propiedades, entre ellas el departamento ubicado en San José 1111, donde Cristina Kirchner cumple arresto domiciliario. También incluye el pedido de decomiso de:
Finalmente, la Corte Suprema deberá decidir si espera resolver la queja presentada por la defensa de Cristina Kirchner para avanzar con la ejecución de los bienes o si, como sostienen algunas fuentes judiciales mencionadas en la información de base, considera que ese planteo "no cuenta con efecto suspensivo" y permite continuar con el proceso de ejecución patrimonial. Con el rechazo de los recursos extraordinarios y la confirmación del monto del decomiso, la causa Vialidad ingresa así en una etapa decisiva orientada a la recuperación de los bienes alcanzados por la condena.



























a comenzar a revertir el escenario.


