
Con la Resolución 764/2025, el Gobierno avanza en el desmantelamiento del esquema fiduciario creado en 2012 para administrar los créditos del plan Procrear. El Banco Hipotecario continuará la gestión de los préstamos bajo contrato, mientras que los bienes serán redistribuidos o vendidos.
A más de seis meses de su disolución formal, el Ministerio de Economía reglamentó la etapa operativa del cierre del Fondo Fiduciario Público Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Procrear), creado en 2012 durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
La Resolución 764/2025, publicada este 9 de junio en el Boletín Oficial, instruye a diversas áreas de gobierno a ejecutar las disposiciones del Decreto 1018/2024, que en noviembre del año pasado puso fin a la figura jurídica del fideicomiso Procrear.
El programa había sido implementado en su origen como una política de estímulo al crédito hipotecario y al acceso a la vivienda, y se financió principalmente con fondos de la ANSES a través del Fondo de Garantía de Sustentabilidad. Su operatoria estaba basada en un fideicomiso administrado por el Banco Hipotecario S.A., que también gestionaba los créditos y las tierras fiscales urbanizadas por el Estado.
Puntos clave de la resolución
La norma firmada por el ministro Luis Caputo encomienda a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía la adopción de medidas para administrar y disponer los bienes involucrados en el fideicomiso disuelto. Esto incluye tanto la regularización dominial como las transferencias a provincias, municipios, organismos estatales e institutos de vivienda.
Asimismo, se aprueba el modelo de Contrato de Mandato para la Gestión de Créditos Individuales, que el Ministerio de Economía firmará con el Banco Hipotecario. A través de este instrumento, la entidad continuará gestionando los préstamos otorgados, bajo las condiciones de retribución originales establecidas en el contrato fiduciario del 18 de julio de 2012.
En relación con los inmuebles que formaban parte del fideicomiso, la resolución establece que aquellos que no hayan estado afectados a contratos de obra vigentes durante la existencia del programa deberán ser transferidos a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), mediante convenios con el Banco Hipotecario y la Secretaría de Obras Públicas.
Por otro lado, se autoriza a la Dirección Nacional de Normalización Patrimonial a instruir al Banco Hipotecario para que transfiera los fondos recaudados por la cobranza de los créditos a la cuenta N° 2510/46 “Recaudación TGN” del Tesoro Nacional, una vez deducidos los honorarios y gastos operativos. También se contempla la venta de carteras de créditos con bajo rendimiento de cobranzas, inferior al 40%.
Por último, se designa a la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía como responsable de las causas judiciales en las que el extinto fideicomiso esté involucrado, en representación del Estado Nacional.


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