---
canonical_url: "https://primeraslineas.com.ar/contenido/18248/malvinas-el-gobierno-envio-al-congreso-el-proyecto-para-endurecer-las-penas-por-"
title: "Malvinas: el Gobierno envió al Congreso el proyecto para endurecer las penas por explotar recursos"
article_type: "Article"
description: "La iniciativa amplía las sanciones contra empresas y proveedores que exploten recursos sin autorización argentina y contempla penas de hasta 20 años de prisión por determinadas actividades hidrocarburíferas. También propone crear un Sistema de Seguridad Nacional bajo conducción presidencial."
main_image: "https://primeraslineas.com.ar/download/multimedia.normal.bdcf4cb38fdb1433.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp"
date_published: "2026-09-17T09:33:00-03:00"
date_modified: "2026-09-17T09:40:11-03:00"
author_name: "Redacción Primeras líneas"
author_url: "https://primeraslineas.com.ar/usuario/6/redaccion-primeras-lineas"
category_name: "POLITICA Y ECONOMIA"
category_url: "https://primeraslineas.com.ar/categoria/4/politica-y-economia"
---

# Malvinas: el Gobierno envió al Congreso el proyecto para endurecer las penas por explotar recursos

El Gobierno nacional envió al Congreso el **proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional**, una iniciativa que amplía las prohibiciones y sanciones frente a la explotación no autorizada de recursos naturales en las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur, sus espacios marítimos e insulares circundantes y la Plataforma Continental Argentina.

La presentación se produjo luego del rechazo oficial al avance del proyecto **Sea Lion**, vinculado con la explotación petrolera en las Islas Malvinas. La propuesta, además de endurecer el régimen sancionatorio, incorpora un segundo eje de alcance más amplio: la creación de un **Sistema de Seguridad Nacional** bajo conducción presidencial, con herramientas vinculadas con la defensa, la economía, la diplomacia, la inteligencia, la ciberseguridad y la protección de infraestructuras críticas.

El proyecto fue firmado por el presidente **Javier Milei**, el jefe de Gabinete **Diego Santilli**, el canciller **Pablo Quirno**, el ministro de Defensa **Carlos Presti** y el ministro de Economía **Luis Caputo**.

**Un nuevo régimen para proteger los recursos**

Uno de los principales cambios propuestos consiste en ampliar el alcance de la legislación vigente. La iniciativa plantea derogar la **Ley N° 26.659**, vigente desde 2011 y destinada a penalizar actividades hidrocarburíferas desarrolladas sin autorización argentina en el área en disputa.

El nuevo esquema, según se establece en el proyecto, ya no quedaría limitado exclusivamente a los hidrocarburos. Las autoridades remarcaron que alcanzaría a **toda actividad no habilitada vinculada con el aprovechamiento de recursos naturales**, sean renovables o no renovables.

La prohibición comprendería las actividades desarrolladas sin habilitación de una autoridad nacional en:

- **Islas Malvinas.**
- **Georgias del Sur.**
- **Sandwich del Sur.**
- Sus espacios marítimos e insulares circundantes.
- La **Plataforma Continental Argentina**.

La propuesta contempla sanciones económicas, administrativas y penales, con una escala que aumenta en función de la actividad desarrollada y de su vinculación con la explotación de hidrocarburos.

**Multas calculadas en barriles de petróleo**

Las personas o empresas que desarrollen actividades prohibidas podrían recibir multas de entre **4.000 y 500.000 barriles de petróleo**, además de la suspensión o cancelación de permisos y una inhabilitación de entre **cinco y 20 años**. Para las actividades relacionadas específicamente con hidrocarburos, el proyecto establece un endurecimiento de la escala penal.

La **exploración o explotación de recursos no renovables sin habilitación** tendría penas de entre **12 y 20 años de prisión**. En tanto, para la **extracción, transporte o almacenamiento de hidrocarburos**, la condena prevista sería de entre **15 y 20 años de prisión**, acompañada de multas que podrían alcanzar los **3 millones de barriles de petróleo**.

El esquema busca alcanzar no solamente a quienes desarrollen directamente las actividades cuestionadas, sino también a quienes colaboren con ellas.

**Los proveedores también quedarían alcanzados**

El proyecto incorpora a los **proveedores que entreguen bienes o servicios considerados esenciales** para las actividades prohibidas, siempre que conozcan el destino de esos bienes o servicios.

Para esas conductas, la iniciativa contempla penas de entre **cinco y siete años de prisión**. A su vez, las sanciones se extenderían a las sociedades que participen en los hechos. Entre las consecuencias previstas figuran la revocación de habilitaciones, la suspensión de actividades por hasta **30 años**, la imposibilidad de contratar con el Estado y, en determinados casos, la disolución o liquidación de las empresas involucradas.

El régimen, por lo tanto, propone extender las consecuencias más allá de quienes ejecuten directamente la explotación de los recursos, incorporando también a empresas y proveedores vinculados con las actividades consideradas prohibidas.

**Inhabilitación para operar y pérdida de beneficios**

Otro de los aspectos centrales del proyecto está relacionado con las consecuencias económicas y comerciales para las empresas sancionadas. Una compañía inhabilitada no podría desarrollar actividades económicas en Argentina durante el período correspondiente a la sanción.

Además, se contempla la **revocación de permisos**, el cese de beneficios impositivos o previsionales otorgados mediante actos particulares y la rescisión de contratos cuya ejecución sea total o parcialmente realizada en territorio argentino o sobre bienes situados en el país.

Para ordenar el retiro de las compañías afectadas, la autoridad de aplicación establecería un período de cese de entre **30 y 180 días**. Ese plazo podría ser prorrogado teniendo en cuenta la continuidad de servicios y la situación de **trabajadores, acreedores o terceros de buena fe**.

**Un régimen para desistir y regularizar**

La iniciativa también incorpora un **Régimen de Desistimiento y Regularización**, destinado a los infractores que abandonen las prácticas cuestionadas. Quienes se incorporen a este mecanismo podrían solicitar su ingreso, pagar las multas correspondientes o comprometer inversiones en actividades legales dentro de Argentina.

El proyecto establece que, si se cumplen las condiciones previstas, se podrán **archivar las actuaciones administrativas y extinguir la acción penal**, excepto cuando exista una sentencia firme o se configure reincidencia. De esta manera, el proyecto combina un esquema de sanciones severas con un mecanismo destinado a quienes abandonen las actividades cuestionadas y regularicen su situación bajo las condiciones establecidas.

**Consejo de Seguridad Nacional**

El segundo gran eje de la iniciativa es la creación del **Sistema de Seguridad Nacional**, que reunirá funciones relacionadas con distintas áreas del Estado.

El esquema contempla la coordinación de cuestiones **diplomáticas, económicas, cibernéticas, jurídicas, de defensa, inteligencia y protección de infraestructuras críticas**. El órgano rector sería el **Consejo de Seguridad Nacional**, presidido por Javier Milei.

Su integración permanente incluiría:

- El jefe de Gabinete.
- El ministro de Relaciones Exteriores.
- El ministro de Defensa.
- El ministro de Economía.
- El secretario de Inteligencia de Estado.
- La secretaria Legal y Técnica de la Presidencia.

Entre sus funciones estaría la elaboración de una **Política de Seguridad Nacional**, que posteriormente debería ser aprobada por el Poder Ejecutivo. El Consejo también podría requerir información y asistencia obligatoria a organismos del sector público nacional y solicitar cooperación a las provincias, la Ciudad de Buenos Aires y los municipios.

**Protección de infraestructuras críticas**

La iniciativa define además qué se entenderá por **infraestructuras críticas**. El concepto comprende redes, instalaciones y sistemas, tanto públicos como privados, considerados indispensables para los servicios esenciales, la salud, la defensa, la economía y el funcionamiento del Estado.

Las jurisdicciones locales deberían identificar esas infraestructuras y elaborar planes destinados a su protección. A su vez, el Consejo de Seguridad Nacional determinaría cuáles de ellas tienen **interés nacional**.

El proyecto también contempla la utilización de las Fuerzas Armadas para proteger infraestructuras críticas de interés nacional cuando corresponda, dentro de las modificaciones previstas a la Ley de Defensa Nacional.

**Reglas para aeronaves y buques considerados hostiles**

Otro capítulo de la propuesta establece procedimientos para responder ante aeronaves que vulneren reglas de vuelo, no se identifiquen o desobedezcan órdenes impartidas por las autoridades competentes.

El proyecto establece una secuencia para **identificar, interceptar y eventualmente emplear fuerza** frente a esas situaciones. La utilización de medidas coercitivas para impedir la continuidad de un vuelo requeriría una **orden expresa del Presidente**, aunque esa facultad podría ser delegada en el ministro de Defensa.

El articulado establece además que las decisiones deberán ajustarse al **derecho internacional** y evitar poner en riesgo a los ocupantes de aeronaves civiles. En el ámbito marítimo, fluvial y lacustre, se contemplan advertencias, maniobras de interposición, disparos de advertencia e inutilización de buques, siempre después de agotar medidas consideradas menos lesivas.

El hundimiento quedaría reservado como una **medida militar excepcional contra un buque hostil**, con autorización previa del Presidente. Al mismo tiempo, las autoridades ratificaron que estará prohibido hundir un **buque civil** como sanción, como herramienta policial o como mecanismo para impedir una fuga.

**Bloqueo de activos frente a amenazas**

El Sistema de Seguridad Nacional también tendría atribuciones en materia de amenazas vinculadas con personas o entidades relacionadas con Estados u organizaciones extranjeras.

El Consejo podría abrir procedimientos administrativos cuando se trate de acciones destinadas a afectar la **integridad territorial**, interferir de manera clandestina, engañosa o coercitiva en decisiones estatales, atacar infraestructuras críticas o financiar esas acciones. Las sanciones previstas incluirían multas de entre **30.000 y 180.000 Unidades de Valor Adquisitivo**, además de la revocación de permisos, pérdida de beneficios estatales e inhabilitación para actuar en sectores considerados estratégicos.

Ante un riesgo grave e inminente, el Consejo podría ordenar restricciones temporales sobre operaciones cambiarias, transferencias, importaciones y exportaciones.

También podría disponer el **bloqueo de fondos**, suspender permisos o elevar los derechos de importación y exportación hasta un máximo del **75% para el Estado extranjero involucrado**.

**Reformas en defensa, financiamiento político e inteligencia**

El proyecto propone además modificar la **Ley de Defensa Nacional** para incorporar riesgos y amenazas externas estatales y no estatales, tanto de carácter **"cinético" como "no cinético"**.

En materia electoral, plantea prohibir que **extranjeros sin residencia permanente y personas jurídicas extranjeras** financien, organicen, dirijan o ejecuten actividades de campaña y propaganda. La propuesta también incorpora figuras penales vinculadas con **operaciones clandestinas de inteligencia extranjera**, filtración de secretos y campañas masivas de desinformación destinadas a alterar procesos electorales.

Finalmente, el proyecto eleva a rango legal el **Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET)**, que funcionaría bajo la órbita de la Unidad de Información Financiera.

El mecanismo permitiría **inmovilizar bienes y restringir operaciones** de las personas o entidades registradas, con posterior intervención judicial.

---

*Contenido creado y optimizado para IA con [Medios CMS](https://medios.io)* — Plataforma profesional para la gestión de medios digitales y portales de noticias.
