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# Anses anunció un aumento del 2,4% y un bono de $70 mil para abril

![jubilados](/download/multimedia.miniatura.8bb675ec1f341110.anViaWxhZG9zX21pbmlhdHVyYS53ZWJw.webp)

Este miércoles, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dio a conocer un aumento del 2,4% en los haberes mínimos y máximos, aplicable desde abril para jubilados y pensionados. Esta medida se alinea con la inflación registrada en febrero y se complementa con un bono de $70.000.

Como resultado del reajuste, el haber mínimo ascenderá de $279.121 a $285.820, mientras que el máximo pasará de $1.878.224 a $1.923.302. Aquellos que perciban la jubilación mínima recibirán, además del bono, un total de $355.820.  
Los jubilados que obtienen haberes inferiores al mínimo también serán beneficiados, recibiendo un bono proporcional para alcanzar esta cifra. Por ejemplo, un beneficiario con un haber de $300.000 recibirá un bono de $55.820.

De acuerdo con la Resolución 179/2025, publicada en el Boletín Oficial, el haber mínimo garantizado a partir de abril será de $285.820,63 y el máximo de $1.923.302,29. Asimismo, se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $96.264,34 y $3.128.545,73, respectivamente, vigentes desde el mes de abril.

El organismo también informó que la Prestación Básica Universal (PBU) alcanzará un monto de $130.749,89, y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) se fijó en $228.656,50, que, con el bono, ascenderá a $298.656.

Este bono, que no se ha actualizado desde su implementación, representa un aumento real apenas del 1,91% en comparación con marzo, quedando por debajo de la tasa de inflación. Desde la asunción de Javier Milei, el Gobierno otorgó dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses de 2024, incrementando a $70.000 desde marzo.

La ayuda previsional fue confirmada mediante el Decreto 231/2025, que citó el Índice de Movilidad Jubilatoria establecido en marzo de 2021 por la Ley N° 27.609, destacando el impacto negativo de la inflación en los haberes jubilatorios.

El decreto señala que “la Ley N° 27.609 provocó efectos perjudiciales para todos los jubilados y pensionados, especialmente para aquellos con menores ingresos, haciendo necesario el otorgamiento de ayudas económicas y bonos extraordinarios mensuales desde enero de 2024 y hasta marzo de 2025”.

En cuanto a los requisitos para recibir el Bono Extraordinario Previsional, debe estar vigente el beneficio durante el mes de su liquidación. Además, este bono será considerado como no remunerativo y no se descontará para ningún otro concepto.

El decreto aclara que para los beneficios de pensión, independientemente de la cantidad de copartícipes, se considerará como un único titular para el derecho a percibir el Bono Extraordinario Previsional.

A quienes les corresponde el bono de $70.000 en abril:

El Decreto explica que el bono será entregado a:

a. Titulares de prestaciones contributivas a cargo de ANSES, establecidas por la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.

b. Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, conforme a la Ley N° 27.260.

c. Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más, y pensiones graciables a cargo de ANSES.

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