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Las defensas de los dos acusados presentaron recursos extraordinarios federales que fueron rechazados por la Sala Penal de la Corte de Justicia.
POLICIALES 22/10/2025La Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca rechazó los recursos extraordinarios federales presentados por las defensas de Gabriel Leiva y Emanuel Agüero, condenados por “abuso sexual con acceso carnal agravado”. Ante esta resolución, el expediente regresa a la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación para que dicte una tercera sentencia, esta vez con una integración diferente de magistrados. El fallo fue firmado por los ministros Fabiana Gómez, Miguel Figueroa Vicario y José Cáceres. De esta manera, no se hizo lugar al recurso presentado por el abogado defensor Luciano Rojas, que insistió en la absolución para sus asistidos.
De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, la Sala Penal rechazó ambos recursos, aunque con fundamentos parcialmente diferentes en cada caso. Con relación a Leiva, se señaló un punto clave: la defensa había consentido el primer reenvío ordenado en mayo de 2024 sin impugnarlo mediante recurso extraordinario federal en ese momento. "El momento procesal para recurrir el supuesto vicio que según la defensa tiene la sentencia que resolvió la nulidad y reenvío (...) ha sido el primer reenvío ordenado", se precisó. Según los ministros, si la defensa consideraba que cualquier reenvío violaba el principio “ne bis in idem” –doble persecución-, debió haberlo planteado en la primera oportunidad, no esperar al segundo. Al no hacerlo, incumplió con los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario. Además, la Sala Penal explicó que este principio requiere que exista una sentencia firme o con calidad de cosa juzgada, situación que no se da en este caso.
En tanto que, con relación Agüero, se indicó que el recurso no cumplía con varios requisitos. Entre estos, se consideró que la resolución impugnada no era una sentencia definitiva ni equiparable a tal, requisito indispensable para la procedencia del recurso extraordinario federal. "Lo cierto es que, ante la decisión de esta Sala de anular la sentencia, reenviando el caso para dictado de nueva sentencia (...) no concurre el recaudo de definitividad a efectos de la concesión del recurso extraordinario", fundamentó la Sala Penal.
Con estos rechazos, el expediente regresa por segunda vez a la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación. De esta manera, se deberá dictar una tercera sentencia pero esta vez con una integración diferente de magistrados para garantizar la imparcialidad.
Expediente
El caso tiene una compleja historia procesal. En mayo de 2023, la Cámara de Sentencia en lo Criminal de Primera Nominación condenó a Leiva y Agüero a 10 años de prisión, tras ser hallados culpables en el delito de “abuso sexual con acceso carnal”. No obstante, también se dispuso que mantengan la libertad hasta que la sentencia quede firme.
Tras presentarse un recurso de casación, la Sala Penal de la Corte de Justicia anuló esa sentencia en octubre de 2024 por falta de fundamentación adecuada y ordenó el primer reenvío.
Ante esta situación, en octubre de 2024, la Sala Penal revocó el fallo de Cámara. A tal fin, se remitió el expediente al Tribunal de origen para “que dicte sentencia debidamente fundada”. El Tribunal dictó entonces una segunda sentencia condenatoria en octubre de 2024, con misma integración de magistrados que había dictado la sentencia anulada.
Tras conocerse el nuevo fallo y se presentara un nuevo recurso de casación, en mayo de 2025, la Sala Penal –con nueva integración- volvió a anular el fallo mediante las sentencias. A la vez, ordenó un segundo reenvío. En esta ocasión exigió explícitamente que el Tribunal se integrara de manera diferente para garantizar la imparcialidad. La causa lleva más de dos años desde la primera condena y aún no hay una sentencia firme que ponga fin a este proceso penal.
Cronología
Idas y vueltas del expediente
A principios de julio de 2018, el hecho de abuso sexual con acceso carnal ocurrió en una vivienda del barrio INTA de Valle Viejo. Según la investigación, Emanuel Agüero y Gabriel Leiva habrían engañado a una joven con la excusa de realizar una entrevista de trabajo. La denunciante pudo pedir ayuda y los acusados fueron arrestados cuando la policía ingresó al inmueble.
El 19 de mayo de 2023, la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación condenó a Agüero y a Leiva a 10 años de prisión cada uno como coautores del delito de "abuso sexual con acceso carnal".
El 15 de mayo de 2024, la Sala Penal de la Corte hizo lugar parcialmente al recurso de casación de las defensas. Anuló la sentencia de Cámara por falta de fundamentación adecuada y ordenó el primer reenvío a este Tribunal para que dictara una nueva sentencia debidamente fundada.
En octubre de 2024, la Cámara en lo Criminal de Primera Nominación dictó un nuevo fallo, con la misma integración de magistrados que había dictado la sentencia anulada.
En mayo de 2025, la Sala Penal de la Corte -con nueva integración- hizo lugar a los recursos de casación de ambas defensas y anuló la nueva sentencia de Cámara por violación a la garantía de imparcialidad del juzgador.
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