La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la condena a ocho años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos contra el ex gobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, al declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por su defensa. El máximo tribunal ratificó la condena por los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública con las firmas de los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.
La Corte Suprema dejó firme la condena a 8 años de prisión contra el exgobernador Sergio Urribarri
ciones incompatibles con la función pública.
Redacción Primeras líneasEl fallo también dejó firmes además las condenas a seis años de prisión dictadas contra el ex ministro de Cultura y Comunicación provincial, Pedro Báez, y el cuñado del ex gobernador, Juan Pablo Aguilera. De acuerdo con la investigación, el ex mandatario coordinó el direccionamiento de contrataciones de publicidad estatal hacia esquemas de cartelización y empresas testaferros para captar fondos públicos en beneficio personal.
La acusación judicial comprendió cinco hechos centrales, entre los que se destacaron la asignación de pauta a la firma Global Means antes de su existencia legal, la gestión del negocio publicitario durante cinco años mediante Tep SRL y Next SRL, y la causa del “Sueño Entrerriano”. Asimismo, se investigaron las irregularidades en la instalación de un parador en Mar del Plata por un valor de 14 millones de pesos y los pagos a la productora Nelly Entertainment para la difusión de tres spots en la Cumbre del Mercosur de Paraná en 2014.
El expediente se inició con el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná el 7 de abril de 2022, confirmado en 2023 por la Casación de Entre Ríos y avalado luego por el Superior Tribunal provincial. Urribarri, quien gobernó la provincia entre 2007 y 2015 y renunció al cargo de embajador en Israel en 2022 tras conocerse la sentencia inicial, estuvo detenido 50 días desde noviembre de 2024 por dictamen de prisión preventiva, medida que fue revocada en enero de 2025 por la Sala de Feria del tribunal entrerriano antes de la resolución definitiva del máximo tribunal.

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