
PAMI otorga colchones, anteojos y pañales gratis para los jubilados: ¿Cómo pedirlos?
INFORMACIÓN GENERAL 05/08/2025
El Programa de Atención Médica Integral (PAMI) tiene a disposición diversos beneficios para los jubilados, de los cuales detalla sus características en su página web oficial. Entre ellos, la posibilidad de acceder a colchones, anteojos y pañales de manera gratuita.
Si bien cada uno cuenta con requisitos específicos, vale la pena conocerlos para saber a quiénes alcanza específicamente. Cada elemento está detallado en el sitio, y en el apartado de los colchones, también se incluyen los accesorios inodoros y trapecios. Más información en pami.org.ar.
En el caso de los lentes, la entidad cubre un par para ver de cerca y otro para ver de lejos, o bien un par bifocales por año prestacional. Por último, en cuanto a los pañales, se aclara que se proveen mensualmente hasta 90 higiénicos absorbentes a los afiliados cuya patología lo indique.
Se resalta que toda la información brindada a continuación, es especificada por el PAMI y se encuentra en su página web.
Accesorios: colchones, inodoros y trapecios
Colchón antiescaras: consiste en la provisión de un elemento adecuado para pacientes con alto grado de inmovilidad y altos factores de riesgo de escaras.
Inodoro portátil: se trata de brindar un elemento indicado para pacientes con dificultades y trastornos de movilidad y comorbilidades.
Trapecio.
El trámite puede ser realizado por la persona afiliada, su apoderado/a, familiar o lo puede indicar el médico si está habilitado en el sistema de Orden Médica Electrónica.
La documentación que se necesita presentar es la siguiente:
Orden Médica electrónica.
De no contar con la OME, se deberá presentar:
Documento Nacional de Identidad.
Orden manual de médico/a de cabecera o especialista.
Resumen de historia clínica, incluyendo el peso y la talla de la persona afiliada.
El trámite se puede realizar a través de la web, desde el celular, tablet o computadora, pero también en una agencia, sacando un turno previamente para una mejor atención.
El médico puede emitir una Orden Médica Electrónica, si está habilitado, y la persona afiliada no debería hacer ninguna gestión.
El PAMI cubre sin cargo un par de lentes para ver de cerca y otro para ver de lejos, o bien un par de lentes bifocales por año prestacional.
La prestación está a cargo de cada afiliado que, una vez atendido por el médico especialista, puede elegir la óptica de cartilla donde va a gestionar sus anteojos. En los casos donde no pueda trasladarse, un familiar o apoderado del afiliado puede gestionar la prestación con la documentación correspondiente del afiliado.
El afiliado deberá concurrir a la óptica para realizar la prueba. En cuanto a la documentación, se precisa contar con lo siguiente:
Documento Nacional de Identidad.
Credencial de afiliación.
Orden médica electrónica (OME) de un médico especialista en oftalmológica a nombre de la persona afiliada donde conste la prescripción del anteojo, firma, sello aclaratorio de especialidad médica y número de matrícula. La receta (OME) tiene 150 días de validez (no impresa - on line).
Escala FIN para el uso de bifocales por primera vez: se solicita a criterio de cada agencia. Hay que tener en cuenta que, si el afiliado no se adapta, no se proveerán anteojos de cerca y lejos por separado.
Para hacer el trámite, el afiliado deberá solicitar los elementos ópticos directamente en la óptica con la indicación OME del médico oftalmólogo tratante (de cartilla). La OME está plasmada en sistema y ambos prestadores tienen acceso a ella, por lo cual no es necesario imprimirla.
No es necesario concurrir a la Agencia, ya que puede elegir entre las ópticas de la cartilla PAMI: es de libre elección dentro del territorio nacional.
Pañales para adultos
El PAMI provee mensualmente hasta 90 higiénicos absorbentes a los afiliados cuya patología lo indique. La gestión la debe iniciar su Médico de Cabecera habilitado en sistema OME.
Se precisa contar con la Orden Médica Electrónica emitida por el médico de cabecera, completa en todos sus campos (Diagnóstico, Módulo de HAD, Cantidad, Domicilio, Contacto, etcétera).
Para el trámite, el médico de cabecera, cada 6 (seis) meses o ante un cambio de Módulo/Cantidad, deberá emitir la Orden Médica Electrónica (OME). El afiliado no necesita realizar ninguna gestión en Agencia o UGL. Las consultas o dudas deben canalizadas a través de los canales oficiales de PAMI.


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