
Por el fallo de YPF Argentina podría entregar el 51% de las acciones a EE.UU
Nación advierte que la medida sería "incumplible" por la legislación argentina vigente.
POLITICA 13/08/2025

La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York se encuentra en el centro de una decisión crucial que podría obligar al Estado argentino a entregar el 51% de las acciones de YPF, en el marco del litigio por la expropiación de la petrolera. La expectativa es máxima, ya que el tribunal debe determinar si mantiene la suspensión de la orden original que exige la entrega de las acciones, si la levanta, o si Argentina debe presentar algún tipo de garantía económica mientras avanzan las apelaciones en el juicio.
La disputa legal se remonta a abril de 2015. En junio de 2023, la jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, emitió un fallo de primera instancia que condenó a Argentina a pagar una indemnización de US$ 16.100 millones, más intereses, a favor de los fondos demandantes Burford Capital y Eton Park. Con intereses, la cifra asciende actualmente a US$ 18.000 millones. La jueza Preska ordenó, como forma de pago de esta sentencia, la entrega del 51% de las acciones de YPF. Es importante destacar que el fallo de primera instancia eximió de responsabilidades a la petrolera YPF, siendo el Estado argentino el condenado en esta instancia.
La defensa argentina apeló inmediatamente esta orden y, a diferencia del sistema legal argentino donde las sentencias de primera instancia se suspenden automáticamente al apelar, en Estados Unidos es el juez quien decide sobre dicha suspensión. En este caso, se concedió una suspensión administrativa temporal para frenar la transferencia de las acciones.
Sin embargo, la jueza Preska ha sido crítica con Argentina, señalando en un escrito reciente que, pese al tiempo adicional otorgado para presentar garantías (justificado por el cambio de gobierno en diciembre de 2023), la República “aprovechó al máximo el tiempo extra, pero no hizo ningún esfuerzo por satisfacer las condiciones requeridas por el Tribunal”. Cuando Argentina apeló el fallo en octubre de 2023, no depositó ninguna garantía para evitar embargos.
Actualmente, el Estado argentino sostiene dos apelaciones paralelas en Estados Unidos. La sentencia de primera instancia que obliga a pagar la indemnización a Burford Capital y Eton Park. Para esta causa, todas las partes ya presentaron sus escritos y la Cámara de Apelaciones fijó una audiencia para la semana del 27 de octubre próximo. Tras esta audiencia, la Cámara estará en condiciones de resolver esta apelación, pero no tiene un plazo establecido para hacerlo.
El reciente pedido de la jueza Preska que exige la entrega del 51% de las acciones de YPF. En esta segunda apelación, la Cámara dispuso que la defensa argentina presente su primer escrito con argumentos detallados el 25 de septiembre. Los fondos demandantes podrán responder semanas después. Mientras tanto, el tribunal definirá si mantiene la suspensión de la entrega de acciones hasta que se resuelvan las apelaciones.
Advertencias
Guillermo Francos, jefe de Gabinete de la Nación, ha advertido que una ratificación de la orden que obligue a Argentina a entregar acciones sería “incumplible” por restricciones legales argentinas. Según Francos, la Ley 26741, en su artículo 10, establece que el Estado argentino no puede transferir las acciones de YPF sin la autorización previa y una mayoría especial del Congreso. “Pueden dictarla, pero es una decisión que no se puede cumplir porque existe una ley que establece que para vender acciones de YPF pertenecientes al Estado nacional se necesita la aprobación del Congreso con una mayoría especial”, enfatizó Francos en diálogo con Radio Nacional.
La Cámara de Apelaciones tiene esencialmente tres opciones principales en esta instancia: no conceder la suspensión y permitir que se cumpla la orden de Preska, lo que implicaría que la Argentina debería proceder con la entrega de las acciones. Mantener la cautelar solicitada por el Gobierno, es decir, sostener la suspensión de la entrega de acciones, al menos hasta que se resuelvan las apelaciones de fondo. O autorizar la suspensión pero con el pago mediante otros activos, esto significaría que, en lugar de entregar las acciones de YPF, se buscaría un activo alternativo o se exigiría a Argentina que presente algún otro tipo de garantía económica.


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