
Condenaron a Cristaldo a 12 años de prisión y Tello a 4 años por el crimen de Diego Pinto
El Tribunal dio a conocer el veredicto tras el acuerdo de juicio abreviado. Los fundamentos se leerán el 1° de diciembre.
Por unanimidad, la Sala Penal de la Corte confirmó la condena emitida por la Cámara del Crimen de 1ra Nominación de 9 años de prisión.
POLICIALES 08/09/2025
Redacción Primeras líneas
La Sala Penal de la Corte de Justicia resolvió por unanimidad no hacer lugar al recurso de casación planteado por la defensa del exintendente Ramón Elpidio Guaraz y confirmó la condena emitida por la Cámara del Crimen de 1ra Nominación de 9 años de prisión por los delitos de "abuso sexual con acceso carnal" y "privación ilegítima de la libertad agravada".
La resolución se sustentó en una valoración del trabajo probatorio realizado en la causa, destacando la credibilidad del relato de la víctima y la correcta interpretación de los hechos por parte del tribunal de primera instancia. Los integrantes de la Sala, María Fernanda Rosales, Rita Verónica Saldaño y Néstor Hernán Martel coincidieron en señalar que la valoración de las pruebas se efectuó con racionalidad, en cumplimiento de las reglas de la sana crítica y respetando los principios constitucionales y convencionales sobre protección de derechos de las mujeres.
En su voto, Saldaño explica que “la determinación de la materialidad ilícita objeto de juzgamiento y la autoría responsable del acusado, Ramón Elpidio Guaráz, ha encontrado suficiente y racional sustento en la valoración armónica y conjunta del material convictivo, que fue relevado por el tribunal sentenciante sin que, en dicha operación, se verifique la presencia de vicio o defecto alguno que importe una vulneración de las reglas de la sana crítica racional, ni su presencia es demostrada a través de los argumentos vertidos en el recurso que es objeto de análisis”. “Los cuestionamientos esgrimidos devienen insuficientes a los fines de la pretendida modificación de la sentencia, en tanto el recurrente no logra demostrar el error que predica de la valoración probatoria que sustenta la decisión que impugna”, dice.

El Tribunal dio a conocer el veredicto tras el acuerdo de juicio abreviado. Los fundamentos se leerán el 1° de diciembre.

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